¿QUÉ VENTAJAS Y QUÉ DESVENTAJAS TIENEN LAS COMUNIDADES DE BIENES?

La constitución de una comunidad de bienes es sencilla y no tiene demasiados
costes (se exigirá escritura pública cuando se aporten bienes inmuebles).

VENTAJAS

• Mayor simplicidad en su constitución
• No existe un capital legal mínimo
• Cualquiera de los comuneros puede pedir en todo momento la división de la cosa común
• Cuando se tribute por un tipo inferior al de sociedades (25 ó 15%) se ahorrarán impuestos vía IRPF

DESVENTAJAS

• Los comuneros responden a las deudas con terceros con su patrimonio en caso de que los activos de la Comunidad de Bienes no resulten suficientes
• Los socios responden mancomunadamente por las deudas
• Si el beneficio es elevado se tributará por un tipo impositivo muy superior al establecido en el Impuesto sobre Sociedades
• Pagan el IAE cada uno de los comuneros

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